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Política de inocuidad alimentaria

29 de julio de 2025

Miguel A. Sánchez, PhD, Director Ejecutivo ChileBio

En el marco del debate sobre una nueva Política Nacional de Inocuidad y Calidad de los Alimentos se ha propuesto incorporar el “principio precautorio” cuando exista incertidumbre científica. Aunque esta noción parezca razonable a primera vista (proteger a la población ante riesgos potenciales), su aplicación errada o excesiva puede generar efectos adversos de gran envergadura, manteniendo las políticas públicas rehenes. La búsqueda del “riesgo cero” es imposible.

El principio precautorio, si no se implementa con criterios técnicos rigurosos, puede convertirse en una barrera al progreso científico, al comercio internacional y a la innovación agroalimentaria.

Según la propuesta, cuando las autoridades competentes consideren que la evidencia científica es insuficiente, pueden adoptar provisionalmente medidas sanitarias con base en la información disponible. Dejar a criterio de la autoridad de turno si la evidencia es suficiente o no, podría significar que prevalezcan argumentos ideológicos, sesgos o intereses de grupos por sobre la misma evidencia científica, convirtiendo esta herramienta en una que se amolde a los intereses de unos pocos.

Esta situación no solo afectaría el acceso de los consumidores a alimentos más nutritivos, seguros y sustentables, sino que podría limitar las capacidades del país para adaptarse al cambio climático, mejorar la competitividad agrícola y atraer inversiones. Además, podría debilitar la credibilidad del sistema regulatorio.

Chile ha sido reconocido por contar con una política alimentaria seria, basada en ciencia y riesgo. Es fundamental no retroceder. El principio precautorio no puede ser utilizado como criterio permanente o sustituto de la evaluación científica de riesgos.

Es necesario dimensionar los perjuicios causados por la aplicación indiscriminada e inconsulta de este principio, y a su vez, se debe establecer un límite técnico para considerar que la evidencia científica es insuficiente, que sea comprobable, para que no quede en manos de la autoridad de turno la decisión. Aplicar mal este principio es, en sí mismo, un riesgo que debemos evitar.

Fuente: Revista del Campo El Mercurio

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